sábado, 30 de marzo de 2019

Cómo pedir un duplicado de Tarjeta Sanitaria para padres separados. Comunidad de Madrid


No sé si en todas las comunidades será así, pero ¿sabéis que en Madrid los padres separados pueden tener dos tarjetas sanitarias de sus hijos menores de edad?. Una para cada progenitor. Así no tendrán que estar pendientes de pasarse la tarjeta el uno al otro según el régimen de visitas o custodia.

Este servicio está dirigido a:

Padre o madre legalmente separado/a u otro familiar que, sin tener la guarda y custodia de un menor judicialmente otorgada, solicita un duplicado de TSI para su uso en la atención sanitaria que pueda necesitar el menor durante su estancia con el solicitante del duplicado, según lo establezca la correspondiente Sentencia Judicial.

Lo que quiere decir que no lo puede solicitar cualquiera. Solo en los casos referidos y quien la debe solicitar es el progenitor NO custodio.

--En casos de custodias compartidas también es posible pedirla, con sentencia que lo acredite, pudiéndolo hacer cualquier progenitor--

Para ello, los documentos a aportar son:

  • Documentos que acrediten fehacientemente la identidad del solicitante (padre, madre o tutor) y del menor: DNI, NIE, pasaporte o en caso de menores de 14 años, libro de familia.
  • Documento que acredite la vinculación familiar tutor-hijo.
  • Copia de la sentencia judicial vigente
  • Formulario para la solicitud de duplicado de TSI, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Se pide en el centro de salud el Anexo 1J (no entiendo cómo este y otros impresos no se puede descargar aún de internet en Madrid). Os dejo la imagen que podéis imprimir:

        


Esta documentación se entrega en el centro de salud y nosotros la enviamos para su tramitación al departamento correspondiente.
Cuando la tienen preparada, llaman al interesado y la tarjeta se recoge EN MANO en la sede de la Subdirección General de Planificación Sanitaria y Aseguramiento, sita en la C/ General Oraa, 1

Os dejo una infografía que el Centro de Salud Fronteras, de Torrejón de Ardoz, ha compartido en Twitter. --> @CSaludFronteras , por si queréis seguirle


miércoles, 27 de marzo de 2019

Los Responsables de la Unidad de Atención al Usuario

Este tema requería una entrada a parte.

Voy a hablar indistintamente en masculino y femenino porque, aunque la mayoría somos mujeres, también hay hombres.

¿Por qué los/las responsables de las Unidades de Atención al Usuario de Atención Primaria no pisan el mostrador si no quieren? Que digo yo que igual que el Director de Centro pasa unas horas de consulta médica todos los días y la Responsable de Enfermería hace lo mismo, ¿por qué se permite no atender al público a los responsables de las UNADs (antes éramos UNAD, unidad administrativa)?

No son todos, por supuesto. Hay muchas responsables que son eso, responsables, y colaboran en mostrador igual que cualquier otro administrativo. Pero hay otros muchos que han decidido que se quedan atrás, con su ordenador y sus papeles toda la jornada laboral quitándose de atender al público. ¿Por qué? ¿Dónde está escrito que entre sus funciones no esté la de atender público?

Yo conozco varios que han tomado esa decisión y ahí están, tan a gusto sin que nadie les diga nada, en su "despachito". Hay días en que hay mucho trabajo interno y, vale, quédate ahí haciéndolo, pero en general, si en la unidad todos saben hacer de todo, no hay tanto trabajo como para estar todos los días y a todas horas la misma persona. Y si lo hay, se puede hacer entre todas.

Lógicamente tendrán que tener más horas de gestión interna que las demás y no estar en el mostrador todo el día, pero si la función principal de una Unidad de Atención al Usuario es eso; atender al usuario, ¿no deberían atenderle?. ¿Cómo puede ser responsable de algo que no conoce porque no lo hace?

Y es que pienso que en una UAU todos sus integrantes tienen que saber hacer todo. No puede ser que cuando el responsable se encuentre de vacaciones los demás no sepan (o no puedan porque no tienen clave) dar de alta a un suplente o enviar una facturación o arreglar una agenda, etc.
El buen/la buena responsable es que aquella que sabe delegar. Pero, ojo, tampoco vaya a delegar todo, que a quien pagan un plus es a él, no a las demás. Por eso, siempre tendrá que tener unas tareas específicas a las que dedicar ese tiempo que debe quitarse del mostrador.

Atender al público no es fácil, si habéis trabajado en esto lo sabréis. Y atender al público en un servicio público donde parece que estamos para servir, es más difícil aún. Y aunque tiene su encanto y hay días muy buenos, también acaba quemando; por eso es importante poder rotar y que cada profesional de la unidad pueda estar un ratito dentro, haciendo tareas internas y descansando un poco del mostrador. (Además, dicho sea de paso, con los mostradores que tenemos nos hacemos trizas los cuellos)
Si en una UAU la jefa decide no salir nunca a atender y el resto tiene que estar a todas horas al pie del cañón, acabarán quemadas y desmotivadas. Al menos es lo que creo.

¿Qué opináis?


jueves, 12 de abril de 2018

Aplicaciones informáticas para administrativos en el centro de salud

Se nota por las estadísticas de acceso al blog que lo que más interesa son las funciones que desarrollamos los administrativos sanitarios, en este caso concreto, de los centros de salud.
Os he contado en entradas anteriores las funciones generales sin entrar en mucho detalle...y es que es difícil entrar en detalle porque son tareas entrelazadas unas con otras que abarcan varios aspectos y quizás muchas de ellas se queden en el ámbito de lo abstracto. De hecho, cuando nos evalúan, la evaluación digamos que es algo relativa.

En otro post os contaré los ítems que nos evalúan. En este os voy a hablar un poco a grandes rasgos de algunos de los programas y aplicaciones informáticas que utilizamos. No están todos, hay alguno más pero son más a nivel interno.

Recordad que se trata de un centro de salud madrileño. En cada comunidad autónoma tendrán los suyos. 

--Algunos nombres enlazan con la entrada de su manual--

  • AP-Madrid-  Este es el programa base, el que tenemos siempre abierto, con el que más trabajamos. ¿Por qué? pues porque es el programa que utilizamos para citar y para gestionar las agendas de todos los profesionales del centro. Se usa para citas de primaria, pero también para citar, por ejemplo, radiografías que se harán en el hospital.
Y también se controlan las solicitudes de citas para atención especializada gracias a un módulo incluido que se llama SCAE. Las citas de especializada ya no las damos nosotros. Ahora se pueden coger por internet y aplicación móvil o esperar a que llame un Call Center situado en Madrid
Se controlan los actos de cada agenda, los festivos anuales, las agendas compartidas con otros centros, el acceso de los profesionales al propio programa para que puedan trabajar, etc.
  • Cibeles- Este es el segundo programa que más se usa, y es que con él se gestiona todo lo referente a tarjeta sanitaria. Esto es: altas, bajas, cambios de domicilio, de teléfono, de médicos y enfermeras, extravíos y roturas de tarjetas, cambio de tipo de afiliación, etc. Todos los datos administrativos se introducen aquí. Y de aquí los coge después AP-Madrid. Además, desde aquí también se gestionan algunas cuestiones relativas a recursos humanos. Si el paciente o profesional no está en Cibeles tampoco estará en APMadrid.
  • Astare- En Astare se controla todo lo relativo a las recetas que usan los médicos en consulta. No lo que se receta, sino las recetas en papel que se les asigna a cada médico. Y es que antes de que un médico utilice un talonario de recetas, ha tenido que ser registrado a su nombre en este programa. Es necesario llevar un control del gasto de recetas, no se trata simplemente de escribir en un papel el nombre de un medicamento, es algo más importante con importantes connotaciones.
  • Nexus- Sirve para realizar el pedido mensual de material.
  • Mantest- para poner avisos de mantenimiento 
  • TSNU- Es el programa para solicitar una ambulancia no urgente. Cuando un paciente necesita una ambulancia para ir a una cita programada, el médico debe darle un volante de petición. Los datos de ese volante debemos introducirlos en el programa para que la empresa de ambulancias gestione el traslado.
  • E-Reg- Este el programa de registro de documentos de la Comunidad de Madrid. Cualquier documento que entre o salga del centro de salud ha de registrarse aquí para evitar su pérdida y controlar los tiempos.
  • Cestrack- Es el programa para la gestión de Reclamaciones, Sugerencias y Agradecimientos. Aquí se introducen todos los datos e informes sobre la reclamación en cuestión. Por cierto, un agradecimiento da un chute de motivación increíble que anima a mejorar día a día. Yo diría que más que una reclamación, aunque por supuesto, también son necesarias.
  • EPS- Educación para la Salud -  Como administrativos, registramos a los pacientes que van a participar en alguna actividad de educación y promoción de la salud que suelen hacer enfermería, matrona y otros profesionales.
  • Areteo- Instrucciones previas - Programa que se utiliza para el registro de los formularios de Instrucciones Previas de los usuarios que lo soliciten. Las instrucciones previas es lo que se conoce coloquialmente como "testamento vital". 
  • CESUS-  es el servicio de soporte informático que tenemos en el SERMAS. Cuando surge un problema con un ordenador o una aplicación informática se abre la incidencia en esta web. Los informáticos de Cesus tienen el cielo ganado.
  • GestionaI -  Es la aplicación para la gestión del personal, para darles acceso a su sesión en Windows, Cibeles, TSNU y otras aplicaciones.
  • Correo Electrónico - tanto el genérico del centro (que es solo de uso interno, no para los pacientes) como el personal corporativo habría que tenerlo abierto toda la jornada.
  • HC HealthConnect- es un programa donde el call center va registrando todas aquellas llamadas que reciben y que no pueden terminar de gestionar. Son pacientes a los que hay que llamar desde el centro de salud para gestionar lo que el call center no ha podido. Hay que tenerlo al día, no pueden quedarse los pacientes sin llamar.



Además de esto, hacemos otras muchas cosas para las que no hacen falta programas informáticos y que no quedan reflejadas en ningún sitio.
Lógicamente, hay que tener también unos conocimientos básicos de ofimática.

Cada vez tenemos más aplicativos informáticos. 

Como os digo, otro día os hablaré de los ítems que nos evalúan anualmente para que tengáis una idea más clara y concreta de nuestras funciones.

sábado, 10 de marzo de 2018

Como solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea por internet. Sin certificado digital

Una de las cosas que debes hacer si piensas viajar a algún país Europeo es pedir la Tarjeta Sanitaria Europea. Y es que el acceso a la sanidad en países de nuestro entorno no es tan sencillo como en España. Bueno, sí lo es, siempre y cuando la pagues antes. 
En algunos países aunque llevemos la tarjeta sanitaria europea nos cobrarán la asistencia, pero podemos pedir el reintegro luego en España.
Aunque lo normal es que no nos ocurra nada, más vale prevenir. 

La Tarjeta Sanitaria Europea es gratuita. En la mayoría de los casos se puede pedir por internet SIN certificado electrónico y te la envían al domicilio en una semana.

Hay personas que de momento no pueden usar este servicio online; son las siguientes:
  • Los perceptores de prestaciones por desempleo y sus beneficiarios.
  • Los asegurados con contrato de carácter temporal.
  • Los asegurados que tienen reconocido el derecho a asistencia sanitaria como personas por límite de ingresos, o los que han agotado las prestaciones por desempleo.
  • Los beneficiarios con NIE, y
  • Todos aquellos asegurados que deban presentar documentación para exportar el derecho a asistencia sanitaria.
Además, aunque en la web pone que los beneficiarios también pueden pedirla vía online, hay ocasiones en las que da problemas. Si ya se ha pedido más veces para esos beneficiarios no existe el problema, pero, si es la primera vez, recomiendo consultar de vez en cuando el estado de la solicitud, pues a veces hay que ir personalmente.

En estos casos, deberán personarse en cualquier CAISS del INSS. Pincha aquí para consultar la oficina más cercana. O llama al 901 16 65 65.

Los países para los que esta tarjeta es válida son:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.

En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables.

* ES IMPORTANTE TENER EL DOMICILIO ACTUALIZADO EN LA SEGURIDAD SOCIAL, PUESTO QUE SI NO COINCIDE EL QUE ESCRIBIMOS EN LA SOLICITUD ONLINE CON EL QUE TIENE LA SEG.SOCIAL EN SU BASE DE DATOS, NO ENVIARÁN LA TARJETA*


Bien, pues teniendo todo esto en cuenta, solo queda acceder a la web para solicitarla.


Pincha en el enlace que te lleva a la SEDE ELECTRÓNICA y, una vez dentro, en CIUDADANOS - ASISTENCIA SANITARIA.


Aparece el listado con los trámites que se pueden hacer desde la Sede Electrónica; entre ellos: TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE). Pinchamos sobre ello y se despliegan las formas de acceso que existen. Veis que se pide "sin certificado". Hacemos click encima. 


Clicamos en "Consultar el estado de una solicitud/ renovación" o en "Solicitar/renovar Tarjeta Sanitaria" según el caso. Como veis, si lo que queréis es renovarla cualquier botón sirve. Yo voy a pinchar en Solicitar.


Marcamos el tipo de solicitud que es, dependiendo de si es solo para el titular (trabajador o pensionista), para el titular y beneficiarios, o solo para los beneficiarios.
Rellenamos los datos necesarios. Recordad que el domicilio debe ser el mismo que tengan en la base de datos de la Seguridad Social, si no, no aceptarán la solicitud. Y pulsamos Aceptar.

Enviada la solicitud, nos aparecerá en pantalla un número de referencia que es el que deberemos introducir en caso de querer consultar el estado de la solicitud.

Si está todo correcto, en un plazo máximo de 10 días (a mí me tardó menos de una semana) la recibirás en el domicilio. La envían por correo ordinario, por lo que hay que estar pendiente del buzón.

La validez de la tarjeta es de 2 años. Excepto para para los extranjeros residentes, que no se extenderá más allá de la fecha de vencimiento del permiso de residencia; para los beneficiarios de prestaciones de desempleo y subsidios, que será el periodo de duración de la prestación,  o personas sin recursos económicos, que caducará a los 90 días como máximo.

viernes, 12 de enero de 2018

II Encuentro Myras de administrativos de la salud. 2018

El próximo 2 de Febrero se celebra en el Hospital de Fuenlabrada el II encuentro de administrativos de la salud MYRAS,  El lema de este año es Estamos y Sumamos

El Proyecto Myras desborda optimismo y motivación. Myras es el acrónimo de "motivación y reconocimiento de administrativos de la salud" y con eso se dice todo.


Buscan y buscamos que los demás estamentos y las gerencias se den cuenta de que estamos aquí y de que nuestro trabajo suma porque sin nosotros, el sistema se desmonta desde la base.
Pero también buscan y buscamos que nosotros mismos nos demos cuenta de eso. En este colectivo la desmotivación es fuerte y tenemos que cambiarlo creyendo en lo que hacemos, sabiendo que podemos innovar y mejorar y que no valen excusas. Que el cambio empieza por nosotros. Es difícil, las piedras en el camino son muchas y lo que vemos diariamente no es que incite demasiado a eso, pero facilita las cosas el saber que hay gran cantidad de compañeros que creen en ello, que se ponen manos a la obra y que, además, están recibiendo apoyos de compañeros de otras categorías.

Tuve la suerte de estar en el primero y de ahí nació este blog (cierto que no soy muy constante con él...me falta tiempo). Aquí lo conté en su día.
El éxito que están cosechando es claro. Como muestra simple, recalcar que el primer encuentro duró apenas una mañana y este año el cierre es a las 18:00 de la tarde. Han ido a numerosos encuentros, jornadas y congresos de administrativos (antes de conocer Myras, no sabía que hubiera tantos eventos dedicados a nosotros). Se respiran tiempos de cambio.

Os animo a que asistáis. Aquí está el programa

Además, conocí la Asociación a Administrativos de la Salud, con sede en Cuenta y cuyo congreso anual será a mediados de Junio. Estad atentos a su web; las normas para presentación de comunicaciones ya están publicadas.
Esta Asociación casi desconocida está haciendo por nosotros más de lo que imagináis.

jueves, 14 de diciembre de 2017

¿Cómo saber cuándo me caduca la receta electrónica?-- Madrid --


La receta electrónica ha supuesto un antes y un después en la gestión por parte del paciente de su tratamiento e incluso en la relación con su médico y farmacéutico. Creo que es un sistema muy muy cómodo que evita pérdidas de tiempo, ahorrando desplazamientos y consultas al médico solo para recetas. 

Bien, pero...¿cuántas veces no vienen los pacientes al mostrador diciendo que les ha caducado su receta electrónica y les ha pillado sin medicación?. Esa manía de dejarlo todo para el último día, ay... La cantidad de gente que viene sin cita (de urgencias) a que el médico le renueve su tratamiento, o la cantidad de llamadas que recibimos para lo mismo, suponen demasiadas interrupciones en la consulta por algo que NO ES URGENTE. 

Y es que sí, la receta electrónica caduca. Y la caducidad depende del tratamiento, unas duran más y otras menos. Hay varias formas de ver la caducidad.

1- Viene en la hoja de medicación que nos da el médico la primera vez:

Veis que pone en mayúsculas y entre signos de exclamación:

¡PIDA CITA UNA SEMANA ANTES DE ESTA FECHA!

Esa fecha coincide con la indicación de "fecha final" de la medicación (última columna, al lado de la posología)

El médico dedica esa cita para revisar el tratamiento y hacer su seguimiento correspondiente. Es decir, eso de "renovar la receta electrónica" mediante una llamada telefónica no es lo correcto y, de hecho, algunos médicos se niegan. Supongo que todo depende del paciente y/o tratamiento.



El problema es que es fácil olvidar cuál es esa fecha de caducidad, puesto que habrá poca gente que guarde este papel ya que no nos hará falta para prácticamente nada.

2 - El farmacéutico puede consultar esta fecha, lo que pasa es que no les aparece en pantalla de un primer vistazo, tienen que buscarlo por algún lado de la ficha del paciente. (lo pregunté una vez en mi farmacia y eso me dijeron y la verdad es que tardaron un ratito en encontrar la dichosa caducidad). Sería más fácil si el mes anterior a la caducidad les saliera un aviso para que ellos pudieran avisar al paciente, pero no es así.
Si pensáis que está a punto de caducar pero no os acordáis bien, podríais preguntarlo en la farmacia.

 3-Por internet. 
Pero eso sí, es necesario DNI o certificado electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve. Si lo tenéis, os cuento donde encontrarla:

  • A través de la página comunidad.madrid.org podemos acceder al apartado de 

"Mi Carpeta de Salud"


(2018) La web de la Comunidad ha cambiado. Ahora a la sección de salud se accede desde aquí: http://www.comunidad.madrid/servicios/salud . Ahí se puede encontrar el apartado Mi Carpeta de Salud

  • Nos lleva al espacio "Mi Carpeta de Salud" y al pinchar en acceder nos sale una pantalla en la que debemos elegir la forma de acceso. Mediante el sistema Cl@ve o mediante certicicado/DNI electrónico. Según lo que tengáis, elegid uno u otro. 
Accediendo con Cl@ve, al querer acceder a los datos clínicos, nos llegará un SMS al móvil con un código, pues este tipo de datos requiere un mayor nivel de seguridad. Si accedemos mediante certificado o DNI electrónico, no es necesario ningún código.

  •  Una vez dentro de Mi Carpeta de Salud veis todo esto. 
El caso que nos ocupa, está dentro de "Mi información clínica":

A mí me parece una maravilla poder consultar mis análisis, mis pruebas de imagen, mis informes y demás. Aunque bien es cierto que no todos los hospitales los cuelgan aquí. El mío es de gestión privada y no lo cuelga todo, pero bueno, lo de Atención Primaria sí que está colgado y se puede consultar.

  •  Y pinchando en "Medicación" nos aparece ésto:


El nombre del tratamiento, la posología, la fecha inicial (que es la primera vez que el médico extiende esa receta electrónica), la fecha final y la fecha de próxima dispensación.

LA FECHA FINAL es lo que estamos buscando. Esa es la fecha en que mi receta electrónica CADUCA. Si no voy al médico antes a que me lo renueve, no lo podré recoger de la farmacia.

Pedid la cita con tiempo para renovarla. No esperéis al último día.

Debéis saber también que la primera vez que el médico os extiende una receta electrónica tenemos 10 días para ir a por ella a la farmacia. Si no lo hacemos en ese tiempo, desaparece y tendremos que volver a consulta a que nos la vuelve a poner. Esto solo es para la primera vez.

Con la receta electrónica en vigor, podemos ir a recogerla a la farmacia hasta 5 días antes de que se nos acabe el tratamiento de ese mes.

sábado, 9 de septiembre de 2017

Asistencia sanitaria a extranjeros

A raíz de un tuit en el que se denunciaba que a una mujer no la quisieron atender en un centro de salud de Madrid por llevar menos de 3 meses en España, me dispongo a escribir esta entrada para que veáis el caos que impera en los centros de salud debido a que cada cual interpreta la ley de forma distinta.

Antes de empezar, debo decir que la denuncia de ese tuit estaba equivocada, pues a la mujer sí se la atendió. Lo que pasó es que, al ir como turista, se le debe facturar la asistencia y ella se negó a firmar el papeleo. Nunca, nunca, debemos negar una valoración médica. La facturación es a parte, pero siempre debe ver al paciente un médico.

Bien, pues quizás os sorprenda, pero no todos actuamos igual ante un caso así. ¿Por qué? Quizás porque no hay formación suficiente o, quizás (y esto es lo que yo creo) porque ni en las altas esferas se aclaran y las instrucciones que nos llegan no son claras.

Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Personalmente, he de decir que fui a uno de los cursos de aseguramiento y me quedó bastante clara la forma de proceder. Sin embargo, después del debate creado en Twitter sobre este tema, parece ser que, dependiendo de quién dé el curso, se dice una cosa u otra. Y no me sorprende, lo mismo pasa con el tema "desplazados": Si el curso lo da Aseguramiento se dice una cosa y si lo dan los compañeros de Tarjeta Sanitaria se dice otra, como ya comenté en esta entrada.

Creo que el problema está en que la Ley de Extranjería dice algo que no casa bien con la realidad.

He intentado informarme un poco más y voy a intentar explicarme:

Para entrar en España de formal legal por un periodo inferior a 3 meses, puedes hacerlo con visado o sin visado dependiendo del país de origen. Si vas a quedarte más de tres meses se debe pedir una prórroga de estancia o un permiso de residencia.

abogaciaextranjería.es


Ya sea con visado o sin visado, uno de los requisitos para que te dejen estar aquí esos 3 meses es tener contratado un seguro médico y además también exigen tener recursos económicos como para mantenerse ese tiempo aquí.

Esto se llama "estancia de corta duración", que es lo se conoce como "turista". De hecho, otro de los requisitos es tener un billete de vuelta antes de que se cumpla ese tiempo.

La información la he leído en distintas webs, pero os dejo este enlace de la web de la Comunidad de Madrid para que lo veáis. Pinchad aquí.

Hasta aquí todo normal. Queda claro que aquel que llega con visado ha tenido que contratar un seguro médico para que se lo den. Con mirar la fecha del Visado en el pasaporte sabremos si lleva aquí 3 meses o más.
A los que no les hace falta Visado, el requisito del seguro es el mismo. En este caso lo difícil es saber cuánto tiempo llevan en España; lo normal es creer al paciente.

Sabéis que la mayoría de inmigrantes vienen con pasaporte en vigor y muchísimos de ellos con Visado. Bien, pues si ese visado tiene fecha inferior a 3 meses, sabed que a ellos les han obligado a pagar el seguro médico que les cubre por ese tiempo. Por tanto, deben tenerlo y nosotros debemos facturarlo.

Sobra decir que los ciudadanos de la UE deben venir con la Tarjeta Sanitaria Europea, por tanto, también se factura. Incluidos los Rumanos que lleven aquí menos de 3 meses.

Resumiendo esto: Por norma general, podremos saber si una persona está en situación irregular conociendo el dato de su entrada en España. Si lleva menos de 3 meses, es legal, pues se considera "estancia de corta duración" (a no ser que sea un país que necesita visado y no lo haya obtenido, claro). Si lleva más de 3 meses, ya no podemos considerarlo turista y podremos considerarlo en situación ilegal o irregular.

Vale, pues ahora vayamos a lo complicado.

Todos los días vemos como usuarios que vienen con pasaporte y llevan en España menos de 3 meses, traen un empadronamiento. Yo he llegado a ver casos de estar 2 días en España y traerme ya el empadronamiento. Y en el cuso nos dijeron que incluso hay quien está empadronado antes de entrar a España. Claro está que quien se empadrona no tiene pensado quedarse menos de 3 meses, por mucho que le hayan dado un Visado para eso.

Y es que para empadronarse no se exige permanencia mínima en España. Se empadrona aunque traigan Visado de Turista.

Por otro lado, para que un inmigrante sin permiso de residencia tenga derecho a asistencia sanitaria continua en Madrid (me refiero a que no sólo en caso de urgencia, embarazas o menores), debe presentar el pasaporte y el empadronamiento, y así podemos hacerle un tipo de ciudadano DAR siempre que firme una declaración jurada en la que jure que no tiene ingresos. O un TIR si los tuviera.

 
Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Entonces...si viene una persona que lleva aquí menos de 3 meses pero está empadronada, ¿qué hacemos? Me gustaría que alguien me diera una instrucción clara y precisa sobre esto.

Ahora mi opinión:

La sanidad pública madrileña es universal. No se le niega la asistencia a nadie. Lo que no es, es gratuita. Ni para los inmigrantes ni para los españoles. Hay que pagarla y lo hacemos todos con los impuestos. Por tanto, creo que si para entrar a España con visado les han obligado a contratar un seguro médico, lo menos que podemos hacer es facturar la asistencia durante esos 3 meses...que para eso lo han pagado. Aunque se hayan empadronado. Cuando lleven más de 3 meses aquí, pues ya les hacemos el DAR, pero antes, ¿por qué no facturar a ese seguro que ellos han tenido que pagar obligatoriamente para que les concedan el visado?

En el caso de los que entran sin Visado es más complicado, pues no sabremos con seguridad la fecha de entrada al país. Si vienen sin visado y con empadronamiento ¿les hacemos el DAR?. Sabemos que, aunque entren sin Visado, también están obligados a contratar un seguro médico, pero también sabemos que al entrar sin visado, es posible que nadie haya comprobado que cumple ese requisito y no es nuestra misión hacer de policías.

Es complicado y es algo que no puede dejarse a la libre interpretación de cada uno.

En el caso de ciudadanos europeos, deben venir siempre con la TSI Europea y se factura.

Soy la primera que quiere una sanidad universal y gratuita para todos. Pero lo que no puede ser es que se tenga la sensación fuera de España de que aquí todo vale. Si eres turista, debes pagarte el seguro correspondiente o la Tarjeta Europea. Eso no es ser insolidario, es ser coherente.

Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Si estás en situación irregular, te vamos a atender sin facturas, no lo dudes.
El caso es: si llevas menos de 3 meses aquí y te has empadronado, ¿es situación irregular?

¿Alguien puede aclararme las dudas?. Actualizo: Aclaradas, más o menos, con la nueva forma de gestión centralizada de estos casos 

Os dejo aquí el listado de países para los que se exige o no Visado
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