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jueves, 10 de noviembre de 2022

Aseguramiento y Tarjeta Sanitaria. Manual-resumen

 Me han hecho llegar un diagrama de flujo que intenta facilitar el entendimiento de los distintos tipos de ciudadanos de Cibeles que corresponden a los usuarios según su tipo de aseguramiento. No plasma todo pero sí lo más común y parece interesante tenerlo, sobre todo para los compañeros de las UAU anden un poco perdidos.

Como me solicitáis tanto el manual de Cibeles por el blog, puede que esto os interese también.

Actualización: podéis encontrar el manual de Cibeles aquí.

Y es que el tema de Aseguramiento tiene muchas aristas. Lo mejor que podéis hacer es acudir a uno de los pocos cursos que se imparten sobre ello. Quien lo da te deja las cosas muy claras.

Pero sabed que en la intranet está también el manual de Cibeles y de Aseguramiento con toda la normativa, casos y documentación necesaria. Ya sabéis...GTN, GBN, PTN, GTR, T85, S85, DBP, ETR...hay decenas de tipos y lo peor es que en Cibeles siguen estando los que ya no se usan.

Es importante hacer las preguntas precisas para llegar a la información que nos interesa conocer y, aunque luego la casuística es tan variada, las más importante son las que aquí pone:

- ¿Tiene DNI o NIE?

- ¿Trabaja?

Partiendo de estas dos preguntas básicas, podemos ir buzeando por el resto de la situación y requisitos del paciente, preguntándole, hasta llegar a lo que nos interesa saber. En este esquema parece fácil pero a veces es realmente complicado porque las respuestas a algunas preguntas no son tan cerradas como desearíamos.

Os cuelgo aquí el diagrama -resumen: espero que se vea bien porque es una imagen de un pdf. Sin pincháis sobre ella se agranda.




viernes, 17 de diciembre de 2021

Cómo conseguir el certificado covid para una persona mayor que no tiene internet en el móvil. Madrid

 Tenéis que saber que SÍ se pueden tener varias tarjetas virtuales en un mismo móvil. Solo hay que ir cambiando de usuario. Hay que meter el cipa cada vez que cambias usuario pero el registro solo se hará una vez.

Quizás os hayan dicho que no se puede. Incluso en el teléfono de la Comunidad, dependiendo quién lo coja, lo dicen. 

Hacedme caso, hoy por hoy, en Diciembre de 2021 sí se puede. Y no, si borras al usuario no se borra el registro. Solo desaparece en ese momento de la app, luego se recupera. Y es que lo que no se puede es tener varias tarjetas sanitarias virtuales en un mismo móvil a la vez.

Vamos a partir de la base de que ya tienes la app en tu móvil y tienes tú tarjeta sanitaria virtual ahí metida.

Es importante saber que cuando se va a entrar a ciertos apartados de la tarjeta, como la medicación o el certificado covid, se envía un sms con un código de verificación al móvil que figura en la ficha del programa informático del centro de salud y que ese móvil no tiene porqué ser el mismo con el que se está trabajando en ese momento. Es decir, yo puedo tener la app en mi móvil y estoy trabajando con la tarjeta de mi madre porque ella no tiene tarifa de datos pero sí tiene móvil. El código le llegará a ella. Solo tiene que dármelo para yo teclearlo en el móvil donde tengo la app y se accede sin problema.

La lógica de esto es que tú no puedes acceder a los datos de cualquiera, sino que necesitas un permiso de esa persona. Este permiso lo tienes si ella te da ese código.

Sigue estos pasos.

1. Abre la app. Como he dicho, partimos de la base de que ya tienes un registro hecho, por lo que aparece esta pantalla. 


No metas tu PIN. Dale a Cambiar Usuario

2. Te va a salir el mensaje que te pregunta si estás seguro de que quieres borrar los datos de usuario. Sí, estamos seguros. Porque estamos seguros de que no se borran. Hacedme caso. Pulsa en confirmar borrado de usuario.

3. Acepta los términos y condiciones.

4. Ahora aparecerá la pantalla de activación.

 Activa la tarjeta de esa persona mayor que no maneja internet en su móvil. Vamos a facilitarle la vida. Para activarla ya sabes que necesitas un código QR que te dan en el centro de salud o un código numérico, que lo dan en el 900102112. 

Seguro que ya sabes porque lo hiciste para ti pero los pasos los contaba aquí. Yo siempre recomiendo poner el mismo pin, así te será más fácil recordarlo cada vez que entres.

5. Ya lo tienes, ya tienes a tu madre registrada en tu app. 

Ahora puedes consultar lo que necesites, pero aquí quería contar cómo conseguir el certificado covid. Así que pulsa en el apartado Certificado Covid Digital de la UE.

Aquí pueden pasar dos cosas:

- Que seas tú quien normalmente se ocupa de sus citas y demás y, por lo tanto, los mensajes de citas te llegan a tu número de teléfono. Entonces, el código de verificación tambien te llegará a tí. Lo introduces donde te lo pide.

- Que esa persona tenga un móvil que acepta SMS y ella recibe sus propias citas. En este caso, le llegará el código de verificación a ella. Tendrá que facilitártelo para tú introducirlo en tu móvil.

Es decir, lo importante es que haya en la historia un número de teléfono al que llegue un SMS, que, normalmente, todo el mundo ya lo tiene, ya sea el de uno mismo o el de otra persona de confianza.

Se abre una página con los datos de la vacuna y si le das para abajo sale el botón "Solicitar Certificado". Dale. 

Ahora se abre el certificado y más abajo pone "Descargar en PDF". Es recomendable descargarlo en un archivo para no tener que entrar a la app cada vez que quieras consultarlo. Ese archivo si quieres lo puedes imprimir y así la persona mayor lleva su papelito.

Hay que volver a darle a "Descargar en PDF" en la siguiente pantalla y ya estaría hecho. Búscalo en la carpeta de descargas de tu teléfono.

6. Ahora queremos volver a tu tarjeta porque, oye, que para eso es tu móvil y necesitas consultar tu medicación o lo que sea cuando quieras. Pues mira esta pantalla



Abajo pone "Ya tengo un PIN. Acceder con PIN". Si le das ahí te lleva a una pantalla donde te pide 3 datos:

- CIPA (el de la persona que queremos recuperar)
- Teléfono (el que consta en la ficha del paciente, donde le llegan los sms)
- PIN (el que elegiste al registrarte)

Lo tecleas y verás como funciona lo que te cuento.

El único problema es que tenemos que tener el cipa a mano, pero es muy útil para poder facilitarle el certificado covid a esas personas mayores que andan perdidos con la tecnología. 

Me encantaría que me dijerais si os ha servido de ayuda esta entrada


jueves, 10 de junio de 2021

¿Cómo conseguir la tarjeta sanitaria virtual?

 La tarjeta sanitaria virtual es una app lanzada por la Comunidad de Madrid que te permite tener tu tarjeta sanitaria y otra información en el móvil. La verdad es que la están llenando de contenido y está muy bien tenerla.

Con esta app puedes, por ejemplo, ir a la farmacia y en lugar de presentar la tarjeta de plástico para que saquen tu medicación, presentar el código qr que se genera en tu móvil. 

**La tarjeta virtual solo funciona en las farmacias de la Comunidad de Madrid, fuera de ella es necesario llevar la tarjeta física para que puedan dispensarte la medicación de tu receta electrónica.

Así que, si has perdido tu tarjeta física, tener la virtual es la mejor opción para seguir recogiendo la medicación en farmacia sin necesidad de pedir las recetas en papel al médico.

Además de eso, tienes acceso a:

- Consultar tu medicación activa

- Los resultados de las pruebas diagnósticas para Covid

- Tu carnet de vacunación Covid

- Autocita para vacuna Covid. 

- A la app de CoronaMadrid y a la de cita sanitaria. *Ojo, que la app que utilizas para coger cita y la de tarjeta virtual son dos aplicaciones distintas.

Disculpad la calidad de la imagen. Esta app no permite hacer capturas de pantalla

 

¿Cómo la solicitamos?

Lo primero que debes saber es que debes descargarte la App desde la tienda de aplicaciones de tu móvil. Se llama Tarjeta Sanitaria.

Una vez descargada hay que registrarse. ¿Cómo?. Hay dos formas:

1.Mediante código QR: este le consigues yendo personalmente a tu centro de salud con la tarjeta física y/o DNI. 

Te darán una hoja con la información necesaria y la imagen del código que tendrán que escanear con la cámara de tu móvil.

Después, te pide que elijas una contraseña y será con el que accedas las próximas veces.

¡Ya estás registrado!

2. Mediante código numérico: Para conseguir este código debes llamar al 900102112. Ellos te harán una serie de preguntas sobre tus datos personales y si las respuestas coinciden con lo que figura en su programa informático, te lo enviarán por SMS siempre que tengas como número de teléfono principal el móvil.

Si no coinciden o no tienes como teléfono principal el móvil, tendrás que hacerlo en el centro de salud.

Esto último es lo que nos está dando problemas y haciendo que perdamos un tiempo precioso que podríamos emplear en otras cosas. 

Y es que en el programa de tarjeta sanitaria hay un campo reservado para incluir un teléfono móvil al que enviar los SMS de diversas citas, de manera que la mayoría de la gente tiene como teléfono1 el fijo y como teléfono2 el móvil, que coincide con el teléfonoSMS. Bien, pues ahora en el teléfono1 tiene que estar el móvil y en el teléfono2 el fijo.

Al final, lo que ocurre es que tenemos cientos de llamadas y visitas a mostrador para cambiar los números de orden Por supuesto, ya que nos ponemos a cambiar el orden, les generamos el QR y así no tienen que volver a llamar al 900.

En esta entrada explico cómo puedes cambiar tus datos de contacto de tu tarjeta sanitaria por internet

En el proceso de registro con este código numérico también te pedirá que pongas la contraseña que usarás para entrar y ya estás registrado.

El único inconveniente que le veo es que, por ahora (en junio de 2021) no se pueden tener dos tarjetas virtuales a la vez en el mismo móvil. 

Es decir, sí puedes ver en el mismo móvil lo tuyo y lo de otra persona, pero no a la vez

Te lo explico en esta entrada donde hablo de cómo conseguir el certificado covid para mayores sin internet. Pincha aquí


No confundir este aplicativo con el de Mi Carpeta de Salud del que hablo en varias de mis entradas. 

Mi Carpeta de Salud no es una app de movil, es una web a la que se accede con certificado digital o Cl@ve Permante y te da acceso a tus informes, resultados y otra información y, desde hace poco, también a tus partes de baja laboral.




sábado, 30 de marzo de 2019

Cómo pedir un duplicado de Tarjeta Sanitaria para padres separados. Comunidad de Madrid


No sé si en todas las comunidades será así, pero ¿sabéis que en Madrid los padres separados pueden tener dos tarjetas sanitarias de sus hijos menores de edad?. Una para cada progenitor. Así no tendrán que estar pendientes de pasarse la tarjeta el uno al otro según el régimen de visitas o custodia.

Este servicio está dirigido a:

Padre o madre legalmente separado/a u otro familiar que, sin tener la guarda y custodia de un menor judicialmente otorgada, solicita un duplicado de TSI para su uso en la atención sanitaria que pueda necesitar el menor durante su estancia con el solicitante del duplicado, según lo establezca la correspondiente Sentencia Judicial.

Lo que quiere decir que no lo puede solicitar cualquiera. Solo en los casos referidos y quien la debe solicitar es el progenitor NO custodio.

--En casos de custodias compartidas también es posible pedirla, con sentencia que lo acredite, pudiéndolo hacer cualquier progenitor--

Para ello, los documentos a aportar son:

  • Documentos que acrediten fehacientemente la identidad del solicitante (padre, madre o tutor) y del menor: DNI, NIE, pasaporte o en caso de menores de 14 años, libro de familia.
  • Documento que acredite la vinculación familiar tutor-hijo.
  • Copia de la sentencia judicial vigente
  • Formulario para la solicitud de duplicado de TSI, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Se pide en el centro de salud el Anexo 1J (no entiendo cómo este y otros impresos no se puede descargar aún de internet en Madrid). Os dejo la imagen que podéis imprimir:

        


Esta documentación se entrega en el centro de salud y nosotros la enviamos para su tramitación al departamento correspondiente.
Cuando la tienen preparada, llaman al interesado y la tarjeta se recoge EN MANO en la sede de la Subdirección General de Planificación Sanitaria y Aseguramiento, sita en la C/ General Oraa, 1

Os dejo una infografía que el Centro de Salud Fronteras, de Torrejón de Ardoz, ha compartido en Twitter. --> @CSaludFronteras , por si queréis seguirle


sábado, 10 de marzo de 2018

Como solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea por internet. Sin certificado digital

Una de las cosas que debes hacer si piensas viajar a algún país Europeo es pedir la Tarjeta Sanitaria Europea. Y es que el acceso a la sanidad en países de nuestro entorno no es tan sencillo como en España. Bueno, sí lo es, siempre y cuando la pagues antes. 
En algunos países aunque llevemos la tarjeta sanitaria europea nos cobrarán la asistencia, pero podemos pedir el reintegro luego en España.
Aunque lo normal es que no nos ocurra nada, más vale prevenir. 

La Tarjeta Sanitaria Europea es gratuita. En la mayoría de los casos se puede pedir por internet SIN certificado electrónico y te la envían al domicilio en una semana.

Hay personas que de momento no pueden usar este servicio online; son las siguientes:
  • Los perceptores de prestaciones por desempleo y sus beneficiarios.
  • Los asegurados con contrato de carácter temporal.
  • Los asegurados que tienen reconocido el derecho a asistencia sanitaria como personas por límite de ingresos, o los que han agotado las prestaciones por desempleo.
  • Los beneficiarios con NIE, y
  • Todos aquellos asegurados que deban presentar documentación para exportar el derecho a asistencia sanitaria.
Además, aunque en la web pone que los beneficiarios también pueden pedirla vía online, hay ocasiones en las que da problemas. Si ya se ha pedido más veces para esos beneficiarios no existe el problema, pero, si es la primera vez, recomiendo consultar de vez en cuando el estado de la solicitud, pues a veces hay que ir personalmente.

En estos casos, deberán personarse en cualquier CAISS del INSS. Pincha aquí para consultar la oficina más cercana. O llama al 901 16 65 65.

Los países para los que esta tarjeta es válida son:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.

En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables.

* ES IMPORTANTE TENER EL DOMICILIO ACTUALIZADO EN LA SEGURIDAD SOCIAL, PUESTO QUE SI NO COINCIDE EL QUE ESCRIBIMOS EN LA SOLICITUD ONLINE CON EL QUE TIENE LA SEG.SOCIAL EN SU BASE DE DATOS, NO ENVIARÁN LA TARJETA*


Bien, pues teniendo todo esto en cuenta, solo queda acceder a la web para solicitarla.


Pincha en el enlace que te lleva a la SEDE ELECTRÓNICA y, una vez dentro, en CIUDADANOS - ASISTENCIA SANITARIA.


Aparece el listado con los trámites que se pueden hacer desde la Sede Electrónica; entre ellos: TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE). Pinchamos sobre ello y se despliegan las formas de acceso que existen. Veis que se pide "sin certificado". Hacemos click encima. 


Clicamos en "Consultar el estado de una solicitud/ renovación" o en "Solicitar/renovar Tarjeta Sanitaria" según el caso. Como veis, si lo que queréis es renovarla cualquier botón sirve. Yo voy a pinchar en Solicitar.


Marcamos el tipo de solicitud que es, dependiendo de si es solo para el titular (trabajador o pensionista), para el titular y beneficiarios, o solo para los beneficiarios.
Rellenamos los datos necesarios. Recordad que el domicilio debe ser el mismo que tengan en la base de datos de la Seguridad Social, si no, no aceptarán la solicitud. Y pulsamos Aceptar.

Enviada la solicitud, nos aparecerá en pantalla un número de referencia que es el que deberemos introducir en caso de querer consultar el estado de la solicitud.

Si está todo correcto, en un plazo máximo de 10 días (a mí me tardó menos de una semana) la recibirás en el domicilio. La envían por correo ordinario, por lo que hay que estar pendiente del buzón.

La validez de la tarjeta es de 2 años. Excepto para para los extranjeros residentes, que no se extenderá más allá de la fecha de vencimiento del permiso de residencia; para los beneficiarios de prestaciones de desempleo y subsidios, que será el periodo de duración de la prestación,  o personas sin recursos económicos, que caducará a los 90 días como máximo.

sábado, 9 de septiembre de 2017

Asistencia sanitaria a extranjeros

A raíz de un tuit en el que se denunciaba que a una mujer no la quisieron atender en un centro de salud de Madrid por llevar menos de 3 meses en España, me dispongo a escribir esta entrada para que veáis el caos que impera en los centros de salud debido a que cada cual interpreta la ley de forma distinta.

Antes de empezar, debo decir que la denuncia de ese tuit estaba equivocada, pues a la mujer sí se la atendió. Lo que pasó es que, al ir como turista, se le debe facturar la asistencia y ella se negó a firmar el papeleo. Nunca, nunca, debemos negar una valoración médica. La facturación es a parte, pero siempre debe ver al paciente un médico.

Bien, pues quizás os sorprenda, pero no todos actuamos igual ante un caso así. ¿Por qué? Quizás porque no hay formación suficiente o, quizás (y esto es lo que yo creo) porque ni en las altas esferas se aclaran y las instrucciones que nos llegan no son claras.

Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Personalmente, he de decir que fui a uno de los cursos de aseguramiento y me quedó bastante clara la forma de proceder. Sin embargo, después del debate creado en Twitter sobre este tema, parece ser que, dependiendo de quién dé el curso, se dice una cosa u otra. Y no me sorprende, lo mismo pasa con el tema "desplazados": Si el curso lo da Aseguramiento se dice una cosa y si lo dan los compañeros de Tarjeta Sanitaria se dice otra, como ya comenté en esta entrada.

Creo que el problema está en que la Ley de Extranjería dice algo que no casa bien con la realidad.

He intentado informarme un poco más y voy a intentar explicarme:

Para entrar en España de formal legal por un periodo inferior a 3 meses, puedes hacerlo con visado o sin visado dependiendo del país de origen. Si vas a quedarte más de tres meses se debe pedir una prórroga de estancia o un permiso de residencia.

abogaciaextranjería.es


Ya sea con visado o sin visado, uno de los requisitos para que te dejen estar aquí esos 3 meses es tener contratado un seguro médico y además también exigen tener recursos económicos como para mantenerse ese tiempo aquí.

Esto se llama "estancia de corta duración", que es lo se conoce como "turista". De hecho, otro de los requisitos es tener un billete de vuelta antes de que se cumpla ese tiempo.

La información la he leído en distintas webs, pero os dejo este enlace de la web de la Comunidad de Madrid para que lo veáis. Pinchad aquí.

Hasta aquí todo normal. Queda claro que aquel que llega con visado ha tenido que contratar un seguro médico para que se lo den. Con mirar la fecha del Visado en el pasaporte sabremos si lleva aquí 3 meses o más.
A los que no les hace falta Visado, el requisito del seguro es el mismo. En este caso lo difícil es saber cuánto tiempo llevan en España; lo normal es creer al paciente.

Sabéis que la mayoría de inmigrantes vienen con pasaporte en vigor y muchísimos de ellos con Visado. Bien, pues si ese visado tiene fecha inferior a 3 meses, sabed que a ellos les han obligado a pagar el seguro médico que les cubre por ese tiempo. Por tanto, deben tenerlo y nosotros debemos facturarlo.

Sobra decir que los ciudadanos de la UE deben venir con la Tarjeta Sanitaria Europea, por tanto, también se factura. Incluidos los Rumanos que lleven aquí menos de 3 meses.

Resumiendo esto: Por norma general, podremos saber si una persona está en situación irregular conociendo el dato de su entrada en España. Si lleva menos de 3 meses, es legal, pues se considera "estancia de corta duración" (a no ser que sea un país que necesita visado y no lo haya obtenido, claro). Si lleva más de 3 meses, ya no podemos considerarlo turista y podremos considerarlo en situación ilegal o irregular.

Vale, pues ahora vayamos a lo complicado.

Todos los días vemos como usuarios que vienen con pasaporte y llevan en España menos de 3 meses, traen un empadronamiento. Yo he llegado a ver casos de estar 2 días en España y traerme ya el empadronamiento. Y en el cuso nos dijeron que incluso hay quien está empadronado antes de entrar a España. Claro está que quien se empadrona no tiene pensado quedarse menos de 3 meses, por mucho que le hayan dado un Visado para eso.

Y es que para empadronarse no se exige permanencia mínima en España. Se empadrona aunque traigan Visado de Turista.

Por otro lado, para que un inmigrante sin permiso de residencia tenga derecho a asistencia sanitaria continua en Madrid (me refiero a que no sólo en caso de urgencia, embarazas o menores), debe presentar el pasaporte y el empadronamiento, y así podemos hacerle un tipo de ciudadano DAR siempre que firme una declaración jurada en la que jure que no tiene ingresos. O un TIR si los tuviera.

 
Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Entonces...si viene una persona que lleva aquí menos de 3 meses pero está empadronada, ¿qué hacemos? Me gustaría que alguien me diera una instrucción clara y precisa sobre esto.

Ahora mi opinión:

La sanidad pública madrileña es universal. No se le niega la asistencia a nadie. Lo que no es, es gratuita. Ni para los inmigrantes ni para los españoles. Hay que pagarla y lo hacemos todos con los impuestos. Por tanto, creo que si para entrar a España con visado les han obligado a contratar un seguro médico, lo menos que podemos hacer es facturar la asistencia durante esos 3 meses...que para eso lo han pagado. Aunque se hayan empadronado. Cuando lleven más de 3 meses aquí, pues ya les hacemos el DAR, pero antes, ¿por qué no facturar a ese seguro que ellos han tenido que pagar obligatoriamente para que les concedan el visado?

En el caso de los que entran sin Visado es más complicado, pues no sabremos con seguridad la fecha de entrada al país. Si vienen sin visado y con empadronamiento ¿les hacemos el DAR?. Sabemos que, aunque entren sin Visado, también están obligados a contratar un seguro médico, pero también sabemos que al entrar sin visado, es posible que nadie haya comprobado que cumple ese requisito y no es nuestra misión hacer de policías.

Es complicado y es algo que no puede dejarse a la libre interpretación de cada uno.

En el caso de ciudadanos europeos, deben venir siempre con la TSI Europea y se factura.

Soy la primera que quiere una sanidad universal y gratuita para todos. Pero lo que no puede ser es que se tenga la sensación fuera de España de que aquí todo vale. Si eres turista, debes pagarte el seguro correspondiente o la Tarjeta Europea. Eso no es ser insolidario, es ser coherente.

Actualización Diciembre 2021. La solicitud de asistencia sanitaria para inmigrantes irregulares ya no se hace en los centros de salud, se hace de forma centralizada. Cada centro tiene su unidad de referencia donde citamos a los usuarios para ello. 
Uno de los requisitos para acceder a ella es llevar más de 3 meses EMPADRONADOS en España. Por ahora, desconozco si allí tienen en cuenta la fecha de entrada en el país


Si estás en situación irregular, te vamos a atender sin facturas, no lo dudes.
El caso es: si llevas menos de 3 meses aquí y te has empadronado, ¿es situación irregular?

¿Alguien puede aclararme las dudas?. Actualizo: Aclaradas, más o menos, con la nueva forma de gestión centralizada de estos casos 

Os dejo aquí el listado de países para los que se exige o no Visado

viernes, 16 de junio de 2017

Consulta qué centro de salud te corresponde. Madrid

Al cambiar la web de Comunidad de Madrid no soy capaz de encontrar este servicio que explico en esta entrada. Si lo encontráis, os agradecería que me digáis cómo. 

Cuando cambiamos de domicilio, uno de los trámites que hay que hacer es cambiarlo en el centro de salud (entre otros muchos sitios)

Debemos tener en cuenta que, aunque la libre elección de médico existe en Madrid, hay algunos trámites que deberemos hacer en el centro de salud que nos corresponde según nuestro domicilio. Esto es:

  • - Altas de recién nacidos
  • -Cambios de domicilio cuando cambiamos de zona básica de salud, es decir, cuando nuestro nuevo domicilio corresponde a un centro distinto.
 *Se da el caso de que una familia que cambia de número de calle, no puede hacer el cambio de domicilio en su centro de siempre porque, según ese número, corresponde otro centro de salud. Es necesario cambiar el domicilio en el centro de salud correspondiente y después pedir su médico de siempre por libre elección. Cosas del programa informático.
Una vez que se ejerce la libre elección, sí se podrá cambiar domicilio aunque no pertenezca a ese centro de salud, pero antes no.
  • - Avisos a domicilio: A los avisos a domicilio irá el sanitario que corresponde por zona, no el que hayamos elegido si es que pertenece a una zona distinta

Por esto, tener la posibilidad de consultar qué centro de salud nos corresponde según nuestra nueva casa es bastante útil.

En la página web de la Comunidad de Madrid podemos  hacerlo.
En este video se explica cómo:





miércoles, 14 de junio de 2017

Cómo actualizar los datos de contacto de la historia clínica por Internet. Madrid

Sabemos la importancia que tiene tener los datos de contacto actualizados y también sabemos que no todo el mundo lo tiene en cuenta cuando cambia de teléfono o domicilio. Todos los días intentamos ponernos en contacto con alguien que, o bien tiene las llamadas entrantes restringidas, o ese número no existe o la persona que contesta a nuestra llamada no le conoce.

Es cierto que si no frecuentamos demasiado nuestro centro de salud posiblemente ni nos acordemos de cambiarlo allí y también es verdad que hay que tener un mínimo de tiempo, que muchas veces no tenemos, para hacer ese pequeño trámite.

Bueno, pues si tenéis certificado electrónico sabed que se puede hacer online en un momento sin moverte de casa. Sin certificado, Cl@ve o DNIelectrónico no se puede hacer. Yo os aconsejo que os registreis en Cl@ver Permanente u os hagáis un certificado digital; no hay cosa más cómoda que poder hacer trámites administrativos por internet.

Y quizás este consejo sea echar piedras sobre mi propio tejado ya que soy administrativa y me conviene seguir teniendo carga de trabajo. Lo que pasa es que, queramos o no, la tecnología avanza y en lugar de frenarla creo que deberíamos subirnos al carro. Estoy segura que el tiempo que nos ahorramos con el trabajo que nos quitan las nuevas tecnologías podremos emplearlo en mejorar otros aspectos. Sobre todo en sanidad, podríamos servir de gran apoyo a la consulta médica, eliminando burocracia para que el sanitario se pueda dedicar a practicar medicina sin hacerle perder tiempo en otro tipo de cuestiones y papeleo.

Aquí os dejo un video explicando como cambiar el teléfono de contacto y/o correo electrónico en vuestra ficha sanitaria. Es cierto que el correo electrónico aún no lo usamos como medio de contacto con los pacientes, pero quizás todo llegue.

Hablo siempre del Servicio Madrileño de Salud

Primero accede a Mi Carpeta de Salud y después:






lunes, 6 de febrero de 2017

Cómo solicitar la tarjeta sanitaria

Tras el mostrador, una de las preguntas más frecuentes que nos hacen los usuarios es     ¿cómo se hace la tarjeta sanitaria?.
Pareciera que todos nacemos con la tarjeta sanitaria en la cartera, pero no; en algún momento, tus padres tuvieron que pedirla como un trámite más de los muchos que hay que hacer cuando nace un bebé. Y en el caso de los extranjeros, son muchas personas adultas las que tienen que solicitar una tarjeta sanitaria por primera vez.


Además, las tarjetas se pierden, se rompen o te la roban. E incluso existe la posibilidad a los padres separados de solicitar un duplicado de tarjeta sanitaria de su hijo para que cada uno tenga una y no sea algo más que meter en la maleta cuando el niño va a pasar la temporada pertinente con el otro progenitor.

De todo esto hablaré en este post. Está basado en la experiencia en Madrid, en otras comunidades autónomas será igual o muy parecido.


En el caso de los RECIEN NACIDOS, la documentación a aportar en el centro de salud para solicitar la tarjeta sanitaria son:

  • Documento que acredite la personalidad del menor. Esto es, libro de familia, DNI o justificante del Registro Civil
  • Volante o certificado de empadronamiento. En la práctica, sabiendo que la inscripción en el padrón lleva más tiempo y al tener los padres normalmente el médico en el mismo centro, se prescinde de este documento
  • Documento de Afiliación a la Seguridad Social donde conste inscrito el menor. Ésto es lo que dan en el INSS (instituto nacional de la seguridad social) al incluir al menor de beneficiario del padre o madre.

* Los menores extranjeros que no puedan ser inscritos como beneficiarios se tramitan por la Ley de Protección Jurídica del Menor y bastará con aportar el documento que acredite su identidad y el volante de empadronamiento.

En esta entrada se explica con más detalle cuál es el papeleo del bebé. Papeleo que se ha simplificado mucho con la posibilidad de inscribir al beneficiario por internet.

Es importante recalcar que el alta del recién nacido SIEMPRE DEBE HACERSE EN CENTRO DE SALUD QUE CORRESPONDE POR DOMICILIO. En Madrid se puede ejercer la libre elección, pero siempre después de que se haya hecho el alta según tu zona básica de salud, ya que un centro que no pertenece a tu zona, no puede introducir el dato de un domicilio que no es suyo.


En el caso de EXTRAVÍO o ROTURA, es necesario llevar al centro de salud lo siguiente:

  • Documento que acredite la personalidad: libro de familia en el caso de menores de 14 años, DNI, NIE o pasaporte
  • En el caso de que el domicilio sea distinto al que figura en la ficha, volante o certificado de empadronamiento actualizado, expedido con una antelación máxima de 3 meses
  Si lo que pasa es que te roban la tarjeta, la teoría también dice que hay que aportar algún documento que acredite la personalidad, pero lo que normalmente ocurre es que roban la cartera o monedero completo y suelen llevarse también el DNI. En este caso, es aconsejable que se presente, si se tiene, algún otro documento que acredite identidad como carnet de conducir o pasaporte, pero como no siempre eso es posible (pues también te quedas sin carnet de conducir cuando te roban la cartera y no todo el mundo tiene pasaporte), se suele ser menos riguroso y vale con entregar la denuncia hecha en la policía. Pero algo hay que aportar.


Por último, tenemos el caso de un DUPLICADO DE TARJETA SANITARIA:

La normativa dice que este servicio está dirigido a

Padre o madre legalmente separado/a u otro familiar que, sin tener la guarda y custodia de un menor judicialmente otorgada, solicita un duplicado de TSI para su uso en la atención sanitaria que pueda necesitar el menor durante su estancia con el solicitante del duplicado, según lo establezca la correspondiente Sentencia Judicial.

Lo que quiere decir que no lo puede solicitar cualquiera. Solo en los casos referidos.
Para ellos, los documentos a aportar son:

  • Documentos que acrediten fehacientemente la identidad del solicitante (padre, madre o tutor) y del menor: DNI, NIE, pasaporte o en caso de menores de 14 años, libro de familia.
  • Documento que acredite la vinculación familiar tutor-hijo.
  • Copia de la sentencia judicial vigente
  • Formulario para la solicitud de duplicado de TSI, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Se pide en el centro de salud el Anexo 1J (no entiendo cómo este y otros impresos no se puede descargar aún de internet en Madrid.
Esta documentación se entrega en el centro de salud y nosotros la enviamos para su tramitación al departamento correspondiente. Cuando la tienen preparada, llaman al interesado y la tarjeta se recoge EN MANO en la sede de la Subdirección General de Planificación Sanitaria y Aseguramiento, sita en la C/ General Oraa, 15


Si lo que queréis es solicitar la Tarjeta Sanitaria Europeapincha aquí. Se puede pedir por internet y no tarda nada
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